Conflicto de leyes derecho internacional privado ☝ Conflicto de leyes EE.UU.Cotton, Hannah M. "Derecho internacional privado o conflicto de leyes: Reflexiones sobre la jurisdicción provincial romana". Pero convertir todas las leyes en territoriales significaría desconocer el otro elemento importante del Estado, las personas, a quienes también se refiere su función legislativa. 1989 [4] NIBOYET, J.P. Principios de Derecho Internacional Privado. Se le señala, además, que el principio de la cortesía internacional constituye un concepto carente de toda juridicidad, vago e incierto. Por su parte, el Código de Derecho Internacional Privado (Código Bustamante), adoptado en la Convención de Derecho Internacional Privado celebrada en La Habana el 20 de febrero de 1928 [50], indica en el artículo 105 que "los bienes, sea cual fuere su clase, están sometidos a la ley de la situación". Así que no había tiempo de pensar en conflictos de leyes porque el tráfico jurídico entre diversos señoríos era muy escaso, el comercio se encontraba muy reducido debido a la poca importancia de la riqueza mobiliaria y las comunicaciones lejanas eran bastante inseguras, debido a la ausencia e un verdadero poder central. Conflictos de leyes internos en México Primero, el artículo 41, establece sobre los límites de los Estados como la de contravenir en las disposiciones del Pacto Federal. De esta escuela, sus principales representantes fueron Louis Froland y Bouhier. ……………………………………..24 1.1.-LA TEORÍA DE SAVIGNY………………………………………………………………..24 1.2.-LA TEORÍA DE MANCINI…………………………………………………………….…..24 1.3.-TEORÍA DE ANZILOTTI……………………………………………………………….…25 1.4.-TEORÍA DE NIBOYET……………………………………………………………………25 CAPITULO V……………………………………………………………....26 1).- EVOLUCIÓN HISTÓRICA. conflicto de leyes (conflict of laws) Coincidencia de dos o más normas jurídicas en el tiempo y/o en el espacio cuyo cumplimiento simultáneo es imposible.Es un concepto que acostumbra a manifestarse en el ambito del derecho internacional privado. Al intentar precisar el objeto del Derecho Internacional Privado nos encontramos, como lo señalan acertadamente los profesores Fernandez Rozas y Sanchez Lorenzo, frente a una dialéctica entre la norma y la relación jurídica como elemento caracterizador del objeto del Derecho . El objeto principal del Derecho Internacional Privado es resolver conflictos de leyes que surgen cuando interviene un elemento extranjero a través de un supuesto hecho que vincula a dos o más sistemas legales de vigencias simultáneas.  Es positivo: está tipificado en normas, leyes, tratados. Conflictos de Leyes en el tiempo: es el conflicto entre dos leyes sucesivas de un mismo país. 2-Clases de leyes que tienen o no eficacia extraterritorial, 3-Instituciones y relaciones jurídicas que corresponden a cada uno de esos grupos de leyes. apuntes perfectos derecho internacional privado tema ley aplicable al litigio. y ahora con la trascendencia internacional las multinacionales ya son sujetos de derecho internacional privado. Conflictos de leyes Se entiende por conflicto de leyes cuando dentro de la legislación de un país, o territorio determinado, existe concurrencia entre dos o más normas de Derecho Positivo. 27 En 1843 aparece en Francia el autor FOELIX, que publica una obra que ya denomina Derecho internacional privado, tuvo mucha difusión en toda Europa y en consecuencia se populariza este término. En el derecho interno, la ley conserva siempre esos caracteres; pero al proyectarse en la “pantalla del derecho internacional”, debe perder uno de ellos, porque si conserva los dos, sería imposible la aplicación extraterritorial de la ley. [13] [14] www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/norma-de-conflicto/ norma-de-conflicto.htm http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=384. En el Derecho Internacional Privado existen diversos “latinajos” utilizados para solucionar en la medida de lo posible el conflicto de normas que puedan suscitarse siendo estos los siguientes:[12] a) LEX FORI.- Ley nacional del Juez ante el que se plantea el conflicto. La personalidad excepcional de los estatutos descansa en una idea de justicia. b) Objetivos.- Las normas de Derecho Internacional Público son normas internacionales y las de Derecho Internacional Privado son normas de carácter nacional. INTRODUCCIÓN El Derecho Internacional Privado “en su parte medular es integra por un conjunto de normas jurídicas nac, UNIVERSIDAD RURAL DE GUATEMALA CATEDRA: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO jero". En relación, con el segundo problema, Sánchez de Bustamante, hace referencia a la existencia en el Estado de dos elementos para los cuáles legisla: la persona y el territorio, de donde divide las leyes en personales y territoriales. Además de que se presentan algunos ejemplos en las respuestas de los puntos solicitados. Las disposiciones legales de su país de origen son de tres clases: territoriales o inaplicables, personales y supletorias y voluntarias. En el sistema federal de Australia, esto puede ocurrir tanto en un contexto nacional intra-australiano como en un contexto internacional. A continuación, se explican: la naturaleza técnica del Derecho internacional privado, en qué consisten los conflictos de leyes en el espacio y cómo se solucionan dichos conflictos de leyes en el espacio a través de las técnicas que ha propuesto el Derecho internacional privado. Ronald F. Clayton Se ocuparon de la solución de conflictos de naturaleza no propiamente internacional sino de conflictos que surgían del contacto de comunidades o comarcas cercanas entre sí y pertenecientes a una misma unidad política, de manera excepcional estudiaron casos que intervenían leyes de países sujetos a distintas soberapero aún así establecieron conceptos que subsisten hasta la 23 actualidad como extraterritorialidad de las normas. 1 Derecho conflictual; García Moreno, Víctor Carlos; 1991. Resalta, por cuanto representa un notable progreso en el sentido de la extraterritorialidad o personalidad de la ley. c) CONFLICTO DE LEYES PERSONALES: Este conflicto se da entre las leyes de los diversos grupos en que las colonias y países de protectorado continúan sometidos a un régimen de personalidad del derecho como por ejemplo los musulmanes y los Israelitas. Brasil, por ejemplo, reemplazo en 1942 el sistema de la nacionalidad por el sistema del domicilio en su nueva Ley de Introducción al Código Civil Brasileño. Ella pone de manifiesto la independencia absoluta del soberano territorial. LAS CALIFICACIONES EN LOS CONFLICTOS DE LEYES 1. refiere al derecho de otro país debe aplicarse el derecho sustancial de ese país o las normas de derecho internacional privado. 3.3.1 El domicilio en el Derecho Internacional Privado. La investigación se justifica por cuanto el fin primordial del Derecho Internacional . Méritos de la Doctrina de Pillet. El derecho internacional privado es conocido como una de las ramas más importantes del derecho en lo que respecta a cuestiones que confrontan a dos o más regiones nacionales diferentes . c) Escuela Intermedia, que investiga un equilibrio entre la territorialidad y la extraterritorialidad. Se ha criticado esta teoría, fundamentalmente porque se basa en una clasificación artificial, que desconoce el hecho evidente de que en toda ley existe, a la vez una finalidad de protección individual y otra de protección social. Pagina 4. Editora Nacional s.n.e., Mexico, 1980. Acerca del primer elemento, afirma que no hay país alguno de la tierra en que deje de encontrarse un numero habitualmente crecido de extranjeros, y aumentar de continuo las personas que, por sus relaciones de negocios o de familia, están en contacto con el derecho de otros países, y necesitan saber cuál debe aplicarse a sus relaciones jurídicas. 2. Escuela de la Personalidad del Derecho o Escuela Italiana Moderna. Novena Edición, Editorial Porrúa, México. El intercambio y dinamismo de la comunidad internacional hace cada día más grande en la medida en que esta se expande, el derecho, como técnica regulatoria de conductas, se desarrolla en forma de Derecho Internacional Público para los Estados y Organizaciones Internacionales y de Derecho Internacional Privado para las relaciones interestatales de los residentes o nacionales de dichos estados y entre estos ordenamientos las diferencias son notables, atendiendo a criterios subjetivos y objetivos[7]: a) Subjetivos.- Los sujetos de Derecho Internacional Público son los Estados y las Organizaciones Internacionales, los sujetos del Derecho Internacional Privado es la población de dichos Estados. Si la norma con la que se opera es uniforme para un grupo de Estados, la solución final también será [.] Introducción. Pero con el transcurrir del tiempo se fueron olvidando del origen de los individuos y se consiguió la unificación necesaria. Además, en el caso de Albania, Brasil, Chile, Colombia, República Dominicana, Perú y muy probablemente otros países que Rizvi no pudo investigar, ".las disputas contractuales se someten al arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional aplicando la ley de Nueva York" 41 41. Objeto de la Ley Esta Ley tiene por objeto regular las relaciones privadas internacionales de carácter civil y comercial en la República Dominicana, en particular: 1) La extensión y los límites de la jurisdicción dominicana; 2) La determinación del derecho aplicable; El conflicto puede darse entre las leyes federales y estatales, entre las propias leyes estatales o entre las leyes de diferentes países. En este sentido el primero, afirma, es accidental, fugitivo y extraño a la esencia de la obligación, lo que no ocurre con el segundo; por eso la obligación tiene valor por su ejecución y debe así considerarse el lugar de esa ejecución como su sede, siendo, pues la ley del mismo la que debe regir la obligación. c) En cuanto a las obligaciones, siendo ellas incorporables, dice Savigny, no ocupan lugar en el espacio, de donde es necesario buscar en su desarrollo o desenvolvimiento natural las apariencias visibles a las cuales poder vincular la realidad de estas obligaciones con el objeto de darles un cuerpo. 7 sanciona-análogo criterio para el caso inverso. 4 La coexistencia en un mismo territorio de varios sistemas legislativos aplicables a diferentes categorías y ciudadanos, es propio del sistema llamado la personalidad de las leyes; la ley aplicable en cada caso depende de la persona interesada. 4.- El acto que requiere una formalidad dictada por determinado lugar y no así en el lugar en donde se realizó. 1989 [6] http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=335 . Las normas de conflicto en el sistema español se encuentran en varios reglamentos europeos donde vamos a estudiar el reglamento europeo de Roma I sobre contratos, el reglamento de . Posteriormente aparecieron otros juristas denominados "Posglosadores" quienes fueron los verdaderos expositores de esta escuela. Derecho internacional privado o principios para resolver los conflictos entre las diversas legislaciones en materia de derecho civil y comercial, t II; Fiore, Pascual; 1898. Address: Copyright © 2023 VSIP.INFO. No obstante el principio de la aplicación de la ley personal tiene, según esta escuela tres excepciones fundamentales: uno, el orden público, dos la regla “Locus Regit Actum”, tres, la autonomía de la voluntad”. "La relación entre derecho internacional público y privado en Andrés Bello", Jurídica. En este aspecto, para ese extranjero el derecho local se divide en tres grandes grupos de leyes: las imperativas, las voluntarias y las aplicables. EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EN AMf':RICA LATINA y EN M€xICO 1.4 OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 12 Terminología Diferencia formal entre el derecho interno y el derecho internacional 12 13 1.5 1.6 1. Bajo esta denominación se comprenden los esfuerzos desarrollados a largo del siglo XIX y XX, tendientes a establecer bases científicas en la solución de conflictos internacionales de leyes. 1.3.3.- Teoría Holandesa de la Justicia. Esto se debe a que, a diferencia del derecho internacional público (más conocido simplemente como derecho internacional), el conflicto de leyes no regula la relación entre países, sino cómo los países individuales regulan internamente los asuntos de los individuos con conexiones con más de una jurisdicción. 381. Reglas Fundamentales Formuladas por la Escuela Estatutaria Francesa: 1ª. Derecho Internacional Privado (Parte General), Oxford University Press-Haria; México, 1998. Derecho Internacional Privado, Parte general, Editorial Civitas, Madrid, 1985. El conflicto de leyes, también llamado a veces Derecho Internacional Privado, se ocupa de lo que ocurre en los casos en los que no todos los hechos están vinculados a una jurisdicción. Nacen de las diferencias que existen en las diferentes legislaciones. Resumen. En realidad, se puede destacar, como característica de esta escuela el mayor predominio que le dio al estatuto personal. También estan Baldo du Baldis 5 profesor de Perusa y discípulo de Bartolo y Saliceto profesor de Bolonia. [14] 1.1.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Para poder solucionar un conflicto de leyes primero se deben de saber el presupuesto que le sirve de fundamento y en segundo lugar debemos de determinar que señala la ley a la cual esta referida[15], derivado de lo anterior es que se establecen una seria de reglas de conflicto fundamentales como son las siguientes: a) El Código Internacional Privado establece que las leyes que se aplican a las personas en razón de su domicilio o de su nacionalidad son denominadas personales o de orden público interno, estableciendo que cada Estado contratante aplicará su propio derecho a la determinación de la nacionalidad de origen de la persona individual, jurídica y de su adquisición, pérdida o reintegración posteriores, o sea, que todo lo concerniente a la nacionalidad de las personas será regido por la ley nacional da cada Estado. A las necesidades el individuo responde con leyes privadas que son, generalmente de eficacia extraterritorial. d) Conflicto de competencia judicial .- se refiere al procedimiento mediante el cual se trata de determinar la competencia de los jueces o de los tribunales idóneos para conocer y resolver los problemas derivados del tráfico jurídico internacional, refiriéndose a la competencia directa y también el ejercicio de la jurisdicción del Juez o Tribunal para llevar a cabo el reconocimiento de validez jurídica de una sentencia emitida por un juez o tribunal diferente, competencia indirecta. Los bárbaros después de la invasión del Imperio Romano de Occidente conservaron las leyes romanas y el Derecho Romano subsistió como norma vigente hasta el siglo XI. En esta virtud, las leyes de la patria se reducen para el nacional que vive en ella, a dos grandes categorías: imperativas y voluntarias o supletorias. Y lo es por: a) Las materias que se ven afectadas. La primera cuestión se refiere a conflictos de leyes en el contorno nacional, mientras que en la segunda se habla de conflictos de leyes en el espacio internacional. Derecho Internacional. En la Glosa de Aldricus se prevé la posibilidad de la aplicación de una “costumbre” o ley extranjera. Derecho Internacional Privado (Traduccion). 16 3.- En el sistema jurídico interno se encuentra limitado a un ámbito material de aplicación que es COACTIVO y en una circunscripción territorial. "En varias ocasiones han sido multadas distintas empresas, la Cofeco puso una multa de mil millones de dólares a Telcel por tarifas. g) LEY PERSONAL.- Se trata de la ley que puede ser determinada en virtud del domicilio. Para resolver los conflictos de leyes en materia de derechos reales se ha apli - . Este sistema, reconociendo su enorme influencia, ha sido, por parte de no menos numerosos jurisconsultos centro de críticas, pero sin que por ello disminuya su importancia o deje estimarse su gran valor. Solo aplicaron la norma jurídica extranjera utilizando la COMITI GENTIUM o sea la Cortesía Internacional y solo en la medida que se pueda obtener de los demás Estados el mismo gesto. El aporte positivo de su doctrina fue el de haber dado el fundamento al estatuto personal, en forma definitiva la noción de la permanencia. Se habla de conflicto de leyes cuando concurren, simultáneamente, dos o más leyes diferentes para regir una misma relación jurídica. Our partners will collect data and use cookies for ad targeting and measurement. Por consiguiente, al lado de las normas de conflicto de leyes hay otro sector normativo en el que se contemplas al elemento extranjero denominado: “derechos de extranjeros o extranjería”. Pillet, al efecto, comienza por hacer un estudio minucioso de las características de la ley interna para determinar como estos rasgos se proyectan en el plano internacional. El principal objetivo del Derecho Internacional Privado es regular las relaciones y actos jurídicos que vinculan a los sistemas legislativos de distintos países. Por esta diversidad de normas hubo necesidad de ocuparse de los conflictos de leyes. Arellano García, Carlos. En consecuencia, el derecho propio del individuo se determina no por su origen, sino por el lugar de su domicilio. Busca, pues, relacionar objetivamente cada institución con la ley que mas le convenga. Por otro lado establece que las normas internas que tienden a solucionar conflictos de leyes son formalmente internas pero son sustancialmente internacionales al tener como objeto la solución de conflictos de leyes provenientes de diversos Estados y que sólo tendrán valor internacional cuando la comunidad internacional tenga la solidez necesaria para hacer respetar reglas fundamentales. manual de derecho internacional privado luciana scotti segunda edicion 2019 . e) Los hechos jurídicos son regidos por la ley del lugar donde se producen, pues las obligaciones que son originadas por los delitos o faltas se sujetan al mismo derecho que el delito o falta de que procedan. Conflicto de jurisdicción internacional. Podemos reunir dichas escuelas en cuatro grandes grupos; comprendiendo en cada uno de ellos las tendencias más notables: 1. Toma de la Escuela Francesa la clasificación en Estatutos Reales y Personales, limita también al máximo la aplicación del derecho extranjero. Principales glosadores; Jacques de Reviny, Iorenes, Petrus de Bella Pertica, Cino de Pistoya. Características de esta escuela. Su principio fundamental es el de la territorialidad absoluta de las leyes, sin embargo, habría que hacer notar que excepcionalmente y sólo por razones de cortesía internacional o Comitas Gentium dichos tribunales admiten la aplicación extraterritorial del derecho en materia de estado civil y capacidad de las personas. En el último caso. Abstract. Cabe hacer notar que la doctrina de los autores de Derecho Internacional Privado considera la Teoría de los Estatutos como un conjunto de reglas propuestas por diversos autores que quisieron resolver primero conflictos ínter local y más tarde conflictos internacionales Escuelas Modernas, Sglo XIX. Primer parcial (Hasta bolilla 12) Bolilla 1 Derecho internacional privado (DIP) t, 1 INTRODUCCIÓN El Derecho Internacional Privado “en su parte medular es integra por un conjunto de normas jurídicas nacionales y internacionales de derecho público que tienen por objeto solucionar una controversia de carácter interestatal o internacional mediante la elección del juez competente para dirimirla, de la ley aplicable al fondo del asunto o la utilización de norma que específicamente dará una solución directa a la controversia, en caso de que existan derechos de más de un Estado que converjan en un determinado aspecto de la situación concreta. “ [1] La situaciones que cada persona vive día a día y su forma de interactuar, formando parte de la población de un Estado, tiene como consecuencia que se creen diversas relaciones de tipo jurídico con otros sujetos o individuos de que pertenecen a otro Estado. - RIGAUX Francois.  La Escuela Francesa del siglo XVIII. Su sistema quedó definitivamente expuesto en su obra “Principios de Derecho Internacional Privado”, y dice “un Estado que reconoce a otro Estado le considera no sólo como una comunidad de hecho existente fuera de él, sino como una comunidad jurídica semejante a la suya, como un soberano que ejerce las funciones que él reivindica para sí. Durante este tiempo pudimos observar claramente . g) El procedimiento es regido por la ley del tribunal que conoce el caso, la ley de cada Estado determina la competencia de los tribunales, así como su organización , las formas y ejecución de sentencias y los recursos contra las decisiones. i) MOBILA SEQUNTUR PERSONAM.- Principio Jurídico según el cual los bienes 18 muebles siguen a la persona. b) Escuela de la Personalidad del Derecho, en la que sobresale la aplicación extraterritorial de la norma salvo algunas excepciones en que no es posible la aplicación extraterritorial. - SEPULVEDA Cesar. Francois Rigaux habla de un fenomeno denominado pluralismo juridico, que no es mas “que las mismas personas están sometidas a diversos ordenes juridicos independientes entre sí.”[2] El conflicto de leyes aplicables a determinada situación jurídica para conocer sus efectos y el lugar en donde deben de cumplirse las obligaciones que derivan del mismo, así como que legislación es la que se va a aplicar es un problema que ha sido estudiado a lo largo de los años por los diversos tratadistas, sin embargo muchos han sido los desacuerdos que se han creado pues por más simple que pareciera el determinar que legislación es la aplicable a determinado acto jurídico, la manera fácil de solucionarlo es cuando se está en presencia de un simple acto jurídico. Bosch, Casa Editorial; Barcelona 1958. técnicas de indice: la norma de conflicto: estructura características estamos en . b) El Estado y la capacidad de las personas, se rigen por la ley nacional o por la ley del domicilio. Derecho Internacional Privado II. Por lo tanto, si de acuerdo con la condición especial de la relación jurídica que ha producido el conflicto es competente una ley extranjera, ésta debe ser aplicada obligatoriamente por el Juez. B.- No puede admitirse la clasificación de las leyes en dos grupos según su objeto, sino que habrá de admitir tantos grupos como la necesidad exija. Diciembre, 2022. El Derecho Internacional Privado contempla un amplio marco jurídico al estar compuesta de convenciones, leyes, modelos protocolos, jurisprudencias costumbres, y hasta normas del derecho internacional privado; tienen la finalidad de regular a sujetos en el ámbito internacional. DENOMINACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO……………………………………………………………………………………………..26 BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………………………....28 TABLA DE CONTENIDOS……………………………………………………………………..31. Los más destacados; Bartolo de Sassoferrato, un gran jurista que va a constituir una influencia decisiva hasta el siglo XIX en las universidades españolas, él determina la división de las leyes en categorías. Autores italianos como ROCCO pretendieron la denominación de “Derecho Civil Internacional” pero resulta que aparecen otras relaciones que no son propiamente civiles o de Derecho civil. Ahora bien resulta hacer la distinción de que una norma de Derecho Internacional 17 Privado será de carácter nacional cuando el Estado resuelve por sí sólo, sin seguir ordenamientos o lineamientos derivados de un compromiso internacional, por ejemplo Tratados y por otro lado serán de carácter internacional cuando un derecho supraestatal contenga una norma jurídica que regule la situación de un problema de vigencia simultánea de normas, es decir, cuando una norma orientadora se contenga en un Tratado Internacional. Derecho Internacional Privado (Parte General), Oxford University Press-Har 29 [2] Rigaux Francois. No obstante, la unidad política del Imperio trajo consigo, en forma progresiva, la unidad legislativa y, por consiguiente, la impugnación de un Derecho territorial. Derecho conflictual; García Moreno, Víctor Carlos; 1991. 7 2 9 ANTECEDENTES HISTÓRICOS 16 Escuelas de la Edad Media Escuela holandesa del siglo Fuentes nacionales Fuentes internacionales . 2. La Escuela floreció entre los siglos XIV y XVII y su principal exponente fue Bartolo de Sasoferrato. Se clasifican en tres grandes escuelas: a) Escuela de la Territorialidad, en la que se coloca la doctrina anglo-americana que parte de la base de la aplicación excepcional de la norma jurídica extranjera. 1989 - CONTRERAS Vaca Francisco Jose. Los principios del derecho internacional privado conflictual, son aquellos que tienen que ver con la aplicación de una norma, ante un conflicto de leyes en el espacio; determinan el ámbito ante un conflicto de leyes, se inquiere que ley, nacional o extranjera, debe aplicarse, para la solución de un asunto completo. En segundo lugar, porque, autores como Pillet y Niboyet, hacen énfasis en la 9 circunstancia de que los propios partidarios de la doctrina de la personalidad del Derecho han formulado tres excepciones a las mismas, las cuales, por su número e importancia, desvirtúan el principio fundamental. Objeto del DIPr. En el Derecho Internacional Privado estamos frente a una relación jurídica compleja pues existe una entidad no soberana al lado de otra no soberana que se hayan interesadas en adecuar su situación jurídica concreta a una norma competente y un órgano del Estado sin recabar la aceptación de los interesados impone su voluntad, obligando a las partes a estar a lo ordenado por una de las normas en conflicto. Los conflictos de leyes: entre Tratados Internacionales y leyes nacionales. Su coexistencia jurídica es evidente y las consecuencias de su capacidad legislativa se admiten con carácter recíproco. 2. 18 del Código de Rohan. Serán de carácter internacional cuando un derecho supraestatal contenga una norma jurídica que regule la situación de un problema de vigencia simultánea de normas, es decir cuando la NORMA ORIENTADORA se contenga en un TRATADO INTERNACIONAL. En el Norte de Francia predominaba el feudalismo y las normas eran extremadamente territoriales, el Derecho Romano sólo se infiltró en el Sur. C.- Los límites de aplicación de las leyes están determinados, en general, por el objeto social de las mismas, tal como resulte de su naturaleza jurídica. En definitiva, la teoría de los Estatutos no fue, como pudiera creerse una sola doctrina, sino más bien un conjunto de ellas, que los juristas de distintos países elaboraron a partir de la primera mitad del siglo XIII hasta fines del siglo XVIII, para 7 resolver los conflictos que podían suscitarse entre las costumbres de un mismo país, o entre las leyes nacionales de distintos países. J. García, de nacionalidad española, emigró a Suiza por motivos laborales. El Derecho Internacional privado no contiene normas de carácter material, porque de contenerlas eliminaría el presupuesto necesario que da cabida a las normas iusprivatistas y que es la presencia de la vigencia simultánea de normas jurídicas provenientes de más de un Estado. 3ª. Esta situación va a tratar de ser resuelta por la doctrina italiana que empieza a elaborar normas o reglas para resolver la colisión entre esos Estatutos o leyes de distintas ciudades. 1.4.-TEORÍA DE NIBOYET[18] Jean Paulin NIboyet, 1952, Profesor de Derecho Internacional en París, establece tres grandes principios generales en materia de conflicto de leyes: A.- La aplicación de leyes extranjeras competentes es obligatoria, porque es una de las formas de respeto al principio internacional de soberanía. Es decir, con la expresión “cortesía internacional” se permite al juzgador decidir arbitrariamente si aplica o deja de aplicar la norma jurídica extranjera. Serán de carácter nacional cuando el Estado resuelve por sí sólo, sin seguir ordenamientos o lineamientos derivados de un compromiso internacional (tratados). En el primer caso se habla de conflictos de leyes en el ámbito internacional, en el segundo de conflictos de leyes en el ámbito nacional. Es de esta forma como, bajo el nombre de Derecho Internacional Privado, surge una disciplina cuyo objeto de estudio es un problema propio de la Tecnica Jurídica y cuyo fin es dar solución a 10s conflictos de leyes en el espacio, problemática que exige la previa determinación de quienes son nacionales y quiénes extranjeros. El profesor Duncker determina que "existe conflicto de leyes cuando una misma situación jurídica esta relacionada con dos o mas legislaciones entre las cuales es necesario escoger la que debe ser aplicada”. Estas leyes referentes a los individuos deben adoptar puntos de conexión distintos del territorial, tales como la nacionalidad, el vínculo más intenso según Bustamante, el domicilio y la residencia. En otras palabras, Savigny localiza las relaciones de derecho según su naturaleza en categorías de conexión, a saber: 11 a) El derecho de las personas, según Savigny, debe ser conectado con la ley de su domicilio. El principio general es el que los estatutos son estrictos y absolutamente reales o territoriales; sólo excepcionalmente son personales o extraterritoriales. El derecho internacional privado es aquella rama del derecho que tiene como objeto los conflictos de competencia internacionales, los conflictos de leyes internacionales, la cooperación procesal y determinar la condición jurídica de los extranjeros. 3. Frente a ello, se asume que el Código Civil al no regular, se insiste, la regla de conflicto para contratos . f) La forma de los actos son regidos por la ley del lugar en donde se ejecutan. Desde la óptica de los que no comparten su tesis ésta doctrina ha sido criticada en primer lugar porque no es exacto que la soberanía del Estado sea, ante todo, personal accesoriamente territorial. [17] [18] NIBOYET, J.P. Principios de Derecho Internacional Privado. Es muy importante distinguir entre territorialidad y extraterritorialidad ya que las leyes son de un carácter o de otro. Introducción En el siguiente documento se presentaran dos preguntas, sobre la ley de competencias económica y Monopolios en vías de extinción. En virtud de este Tratado, determinadas ciudades italianas adquirieron un derecho de autonomía legislativa, de manera que algunas de estas ciudades hicieron uso de este Derecho, creando el suyo propio, surgiendo los llamados Estatutos, que en la práctica suponía que estas ciudades funcionaban como si fueran “estados”, otras ciudades no hicieron uso de este derecho y continuaron rigiéndose por el Derecho común, que era el del antiguo Imperio Romano, ya desaparecido como Imperio. Derecho Internacional Privado II. Una norma aprobada en determinado territorio, tiene eficacia en el mismo, solo se podrá aplicar la ley . , "Una aproximación al tratamiento de las normas internacionalmente imperativas en el Código Civil y Comercial de la Nación", en Revista Jurídica de Buenos Aires, año 41 N° 93, Abeledo Perrot-Facultad de Derecho (UBA), . Pone de relieve que dentro del Derecho internacional privado hay una referencia al Derecho público. En efecto, el Estado legisla para el territorio y sobre el territorio, porque es su dominio, su base física, su centro de operaciones, la esfera de acción indiscutible de su poder creativo”. . . Esta escuela está principalmente basada en la cultura y tradición de la antigua Roma, se da la aparición de un fenómeno llamado Ciudades- Estado, hacia el norte de Italia, involucrando actividades en el ámbito del comercio. http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/b45.html ----------------------[1] Contreras Vaca Francisco Jose. No es que sea un con- Derecho Internacional Privado, Parte general, Editorial Civitas, Madrid, 1985. La Glosa de Arcusio (1170 y 1200) plantea la interrogante acerca de lo que debe hacer un Juzgador cuando ante él se presentan dos hombres sujetos a normas jurídicas diversas. El primer tipo de conflicto se encuentra resuelto automáticamente por el artículo 134 de la Constitución que da primacía a las reglas federales. Esto se debe a que, a diferencia del derecho internacional público (más conocido simplemente como derecho internacional), el conflicto de leyes no regula la relación entre países, sino cómo los países individuales regulan internamente los asuntos de los individuos con conexiones con más de una jurisdicción. Las doctrinas antiguas y sus postulados se han proyectado en las Doctrinas modernas. b) Escuela de los Postglosadores. La Escuela Italiana Moderna, de la Personalidad o de la Nacionalidad; Las Escuelas Intermedias y 4. No es otra cosa que la antigua Escuela Estatutaria Holandesa del siglo XVII. 24 CAPITULO IV 1).- TEORÍAS MODERNAS Y CONTEMPÓRANEAS. Como los romanos se negaban a que se les aplicaran leyes extranjeras y consideraban el “ius civile” como prerrogativa única y exclusiva de los nacionales, nace la solución de una ley particular para ciertos casos mixtos, aplicada por un mismo juez de leyes diferentes, según el origen de las partes. Sin embargo, ninguno de los juicios adversarios, menosprecia la gloria del sabio jurisconsulto alemán. La ley maltesa acordaba a la viuda derecho de usu-fructo del cuarto de los bienes del marido. tra una norma de conflicto de leyes para contratos que versen sobre este tipo de bienes. [12] Contreras Vaca Francisco Jose. CALVO CARAVACA / J. CARRASCOSA GONZÁLEZ - Supuestos prácticos de Derecho Internacional Privado 3 5. Antes de emigrar había casado con española en España. Los elementos esenciales de toda relación jurídica son las personas físicas o morales, cosas, hechos o actos jurídicos y tomando en cuenta este punto un conflicto puede estar conectado a diversos Estados a la vez como por ejemplo en los siguientes casos: 1.- Personas de determinada nacionalidad o que tienen su domicilio o residencia en determinado país. Componentes del DIPRI. - www.tuobra.unam.mx/publicadas/030527165044.html - www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/norma-de-conflicto/ norma-de-conflicto.htm - http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/conferencia-de-la-haya-de-derechointernacional-privado/conferencia-de-la-haya-de-derecho-internacional-privado.htm - ec.europa.eu/civiljustice/glossary/glossary_es.htm - Convención Interamericana Sobre Normas Generales De Derecho Internacional Privado. Novena Edición, Editorial Porrúa, México. El autor italiano CIMBALI (siglo XIX) publicó un estudio sobre la “Denominación del Derecho internacional privado” y según este autor al Derecho internacional privado se le podría denominar “Derecho de los extranjeros”. Los tribunales federales tienen normas diferentes a las de los tribunales estatales. En el derecho Internacional, como en el interno, existen normas primarias y nor-mas secundarias. Por otra parte, la doctrina de Pillet significó un avance importante porque no dio soluciones extremas basadas en la sola territorialidad o en la sola personalidad, sino que se colocó en un terreno ecléctico y abordó la solución de los distintos problemas tratando de mantener un justo y satisfactorio equilibrio entre ambos sistemas. La consecuencia fue que a la hora de celebrar contratos, existía por un lado el Derecho de la ciudad donde se vivía y por otro el Derecho de la ciudad donde se celebra el contrato. Pero el territorio sirve de objeto y no de límite a la función generadora del derecho. Escuela Estatutaria Francesa Era lógico, entonces que al llegar a Francia las ideas sustentadas por la Escuela Italiana, que admitiría la extraterritorialidad de los Estatutos, porque cada relación jurídica debía ser regulada por la ley más justa según la naturaleza de las cosas, encontraron oposición. "Teorías para la resolución de conflictos de leyes". a) Escuela de los Glosadores. Las glosas más importantes; La Magister Aldricus y la Glosa de Accurnio. El conflicto de leyes supone siempre una relación jurídica cualquiera, en que exista un elemento extraño a la soberanía, por lo cual surge la posibilidad de aplicar más de una legislación. Si comete un delito no se requerir que se le aplique una respuesta penal de acuerdo con la ley extranjera sino se le castigará con una pena del derecho local. Inmersas en el escenario en que se desenvuelven las respectivas escuelas que pretenden resolver “El llamado conflicto de leyes” la Escuela Angloamericana ha sido centro de imputación de las mismas criticas de la doctrina holandesa de los Estatutos. No fue hasta que las necesidades del comercio se impusieron a los perjuicios localistas, que comenzaron a surgir instituciones destinadas a facilitar las relaciones con los extranjeros. La Escuela Estatutaria Holandesa o Escuela de la Cortesía Internacional Para los holandeses, todos los estatutos eran territoriales. el especialista internacional se enfrenta al problema de la aplicación de las normas. La Escuela Francesa del Siglo XVIII o Neo estatutaria. dejar testamento. Los personales son aquellos que tienen por objeto las personas.  Tener un carácter fundamentalmente romanista. 20 CAPITULO III 1).- LA NORMA CONFLICTO La mayoría de las normas de Derecho Internacional Privado son de naturaleza formal, a diferencia de las normas materiales, las primeras señalan la norma jurídica aplicable para regir un conflicto específico y las normas materiales resuelven concretamente la situación planteada, por lo que esta norma es la que nos da a conocer que disposición es la competente o aplicable ante un conflicto de leyes y la material establece la conducta a seguir en la situación concreta. Se refirió a la nacionalidad como fundamento del Derecho Internacional, su tesis básicamente extraterritorial, estableciendo la aplicación extraterritorial de las normas jurídicas que han de seguir a la persona a los diversos lugares o Estados en los que se traslade, argumentando que las leyes se elaboran para las personas tomando en consideración elementos como la raza, la lengua o las costumbres y 25 en consecuencia cada individuo debe regular su conducta por la ley nacional. • La respuesta a la cuestión de cómo se justifica la aplicación de leyes extranjeras es inmediata: las leyes extranjeras se aplican por la voluntad del Estado o legislador, basta eso para legitimarla. Los mismos adversarios reconocen su aporte inmenso al progreso del Derecho Internacional Privado. El Derecho Internacional Privado (DPRI) en los tres componentes: Con base a los sujetos el DIP tiene como sujetos: a las personas naturales. Editora Nacional s.n.e., Mexico, 1980. el plano internacional presentan la particularidad de que a la debilidad propia del primero se agregan los potenciales conflictos de leyes y jurisdicciones, propios de toda situación con elementos extranjeros. Rizvi Z. El poder de Pfizer. Tomaron como punto de partido la propia glosa, pero ellos no sólo se concretaron a la interpretación textual sino desarrollaron un sistema práctico de soluciones. - http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=484 La Constitución y los tratados internacionales; Sánchez-Cordero de García Villegas, Olga; 1999. Pero, en opinión del autor cubano, es evidente que una división de las leyes en reales y personales, o sea, una clasificación de ellas en que solo se atienda el territorio y las personas, resulta incompleta y eficiente, puesto que hay un buen número de relaciones jurídicas a las que no pueda aplicarse un derecho determinado considerando exclusivamente el poder que el Estado tiene sobre las personas ó sobre el territorio. Para que exista conflicto de leyes es necesario que las disposiciones normativas regulen la misma materia y que contengan la misma jerarquía . Esto se debe a que la jurisdicción de los tribunales federales está limitada por la Constitución. Convergencia de normas juridicas o conflictos de leyes. Resumiendo, existe para esta Escuela como una consecuencia de la Independencia y soberanía de los Estados, una territorialidad absoluta de los estatutos, pero éstos, para salvar los inconvenientes que su aplicación rígida podría producir en lo referente al Estado y capacidad de las personas, han admitido una limitación “por cortesía internacional” permitiendo que tal capacidad y estado se gobiernen por la ley natural de cada individuo. El problema de la remisión es el caso del conflicto negativo surgido entre las reglas de conflictos de leyes y jurisdicciones de varios países, que puede ser positivo o negativo. En el caso tercero, habrá leyes de las que no podrá sustraerse, por ejemplo: sí da motivo para perder la nacionalidad. La unificación que lleva a cabo el tratado es siempre sectorial, parcial. Tendrán límites a su objetivo de unificación, los siguientes: I.  Es Internacional: trasciende de un país. A-.L. Los Conflictos de jurisdicción son uno de los objetivos del Derecho internacional privado, estos acaecen en el evento que aparezca un conflicto de relevancia jurídica que contenga un elemento extranjero relevante, el juez que conoce del asunto litigioso debe determinar si es o no competente para . Como ha de suponerse los problemas propios del Derecho Internacional Privado, nacen al tiempo en que comienzan a entablarse las primeras relaciones entre individuos pertenecientes a territorios diferentes. La Escuela Francesa presenta como principal defecto de su doctrina el haber desconocido lo que ya había sido observado por los italianos: que la ley real y la ley personal no son las únicas categorías de conexión. Entre los elementos que componen la norma de conflictos siempre debe aparecer la categoría jurídica específicamente señalada, tales como: Estado, Capacidad de las personas, herencia, forma de los actos o las obligaciones convencionales y sobre todo el elemento de conexión que servirá para conectar esa institución con un determinado ordenamiento jurídico, como por ejemplo la ley del lugar de ejecución del acto, la de celebración del contrato, la ley de domicilio o nacionalidad, etc. De donde, la teoría de Manzini constituye la antítesis de la Escuela Angloamericana anteriormente expuesta. Derecho Internacional Privado. Fuente: rosalesbetancourt.files.wordpress.com. Esta tendencia es la que sigue actualmente. Editora Nacional 31 TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN ………………………………………………………………………………1 CAPITULO I……………………………………………………………….2 1).-RELACIONES DE LOS SISTEMAS DE CONFLICTO DE LEYES………...2 1.1.- TEORÍA GENERAL DE LOS CONFLICTOS DE LEYES……………………………………………..2 CAPITULO II……………………………………………………………...14 1).- DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Y EL CONFLICTO DE LEYES APLICABLES ………………………………………………………………………………..14 2).- CONFLICTOS DE LEYES EN GENERAL……………………………………………..18 CAPITULO III……………………………………………………………..20 1).- LA NORMA CONFLICTO ……………………………………………………………......20 1.1.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS……………………………………………………….…20 1.2.- CONFLICTO ENTRE TRATADOS Y LEYES…………………………………………21 1.3.- LAS TEORÍAS DE LAS GRANDES ESCUELAS DEL DERECHO ANTIGUO…….22 CAPITULO IV……………………………………………………………...24 1).- TEORÍAS MODERNAS Y CONTEMPÓRANEAS. PROFESOR RICARDO J. PERAZA-TELLO [UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA] TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIN 3 DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Y EL CONFLICTO DE LEYES APLICABLES 4 CONFLICTOS DE LEYES EN GENERAL 10 LA NORMA CONFLICTO 12 SOLUCIN DE CONFLICTOS 12 CONFLICTO ENTRE TRATADOS Y LEYES 14 TEORAS MODERNAS Y CONTEMPRANEAS . También la ley es extraterritorial no solamente por la razón de que no es la del país que la aplica, sino, que además por el motivo de aplicarse a hechos a los cuales el juez aplicara su propia ley si esta fuese territorial. En nuestro país, se considera que el Derecho Internacional Privado, siguiendo la Doctrina Francesa se divide para su estudio en cuatro grandes rubros: a) El derecho de nacionalidad.- establece y regula la calidad de una persona en razón del vínculo de carácter político y jurídico que integra la población de un Estado. Otros antecedentes más próximos que surgen en el siglo XII en el norte de Italia a raíz del Tratado de Constanza de 1183. 3.- Un hecho que se produce en cierto lugar y tiene efectos en otro lugar. La mayoría de dichas relaciones se encuentra en el campo del derecho civil y mercantil, esto es así porque lo civil muchas veces tiene que ver con el estado de las personas mientras que el mercantil, se enfoca más en las cuestiones del comercio internacional. No se debe pasar por alto que por el actual incremento de las relaciones jurídicas comerciales que hoy en día son más a nivel internacional resulta prudente tener o que se llegue a forma un criterio uniforme respecto de la forma en que las controversias que se puedan suscitar deben ser resueltas. Derecho Romano. No obstante, con los cambios de residencia y los matrimonios, se fueron produciendo innumerables confusiones en el plano jurídico, desembocando un caos extraordinario. Críticas al Sistema de Savigny. Acerca del segundo elemento dice “que las naciones viven normalmente en paz y mutuamente se aceptan como órganos generadores del derecho. 1.3.-TEORÍA DE ANZILOTTI Anzilotti, realizó una revisión de los postulados de Mancini, estableciendo que cada legislador pretende la solución de conlfictos desde el punto de vista de us orden interno, al igual que cada jurista pretende una solución de acuerdo a su propia razón. Author: Carolina Lud ISBN: 987834309X Format: PDF, ePub, Mobi Release: 2019-12-06 Language: es View 43/53. d) LEX REI SITA.- Principio jurídico según el cual es aplicable a los bienes el derecho del lugar donde se encuentran ubicados. Análisis del Conflicto Censo 2023. en Bolivia, desde el Funcionalismo. Un nacional fuera de su propio país. 2).- CONFLICTOS DE LEYES EN GENERAL El Conflicto de leyes, también llamado convergencia internacional de leyes, denominado asi por Contrareas Vaca[13], es parte del Derecho Internacional Privado A continuación procederemos a hacer un breve análisis de los diferentes conflictos de leyes que se pueden dar: a) CONFLICTO DE LEYES EN EL ESPACIO: Este conflicto se da cuando dos o más leyes se encuentran simultáneamente en vigor en dos lugares distintos. En México los conflictos se pueden dar de dos formas: a) entre una ley federal y la ley de un Estado, b) entre dos legislaciones estatales. Vinculado a lo que es la extraterritorialidad o no de las leyes esta lo que es la personalidad y la realidad de las leyes. Anuario del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana , 14, p. Derecho Internacional Privado, Novena Edicion, Editorial Porrúa, México, 1989. La Escuela Angloamericana o la de la Territorialidad; 2. Entonces esta doctrina consistió en aplicar, en estas materias, estatutos personales extraños o sea, la ley personal de los extranjeros. Características del Derecho Internacional Privado. La Escuela de la Habana o de Antonio de Bustamante y Sirven; Escuela Angloamericana ó de la Territorialidad. Las electorales y las que fijen la capacidad. Ahora bien, ese Derecho internacional privado sigue identificándose con el conflicto de leyes, y es por lo que la Doctrina en el siglo XIX empieza a buscar otras denominaciones. Son reales los que tienen por objeto las cosas. En efecto, en los estados modernos, la soberanía se ejerce tanto sobre un territorio como sobre cierto número de personas, sin que pueda invocarse ninguna razón plausible para establecer una jerarquía entre estas dos manifestaciones de la soberanía. 2.- En el Derecho interno se prevé la existencia de un legislador, que cuando éste existe, el cuerpo o conjunto supremos de normas de confiere la potestad de regular diferentes clases de conductas. Derecho internacional privado como técnica jurídica En gran parte, la discusión está impulsada por el aumento de los costos y las presiones presupuestarias resultantes que sienten los sistemas financiados con fondos públicos y por los componentes públicos y privados de los . Existen diversos foros internacionales como el CNUDMI[8], CIDIP[9], UNIDROIT[10], y la Conferencia de la Haya sobre Derecho Internacional Privado[11], en los que se consignan normas de Derecho Internacional Privado como normas de conflicto. Fueron sin duda, todas estas razones las que llevaron a las legislaciones internas a abandonar los postulados de Manzini. Sólo puede existir un conflicto de leyes de tiempo cuando la constitución estableciera normas de derecho . Ello equivale a asignar a cada relación un lugar o asiento determinado para que así sea también aplicable un determinado derecho local. Génesis Histórica de la Teoría de los Conflictos de Leyes. — La tesis que excluye del derecho internacional priva- do las normas directas, es . Escuela de la Habana o de Antonio Sánchez de Bustamante y Sirven. En virtud de la soberanía existen las leyes públicas y de orden público, que son por su naturaleza territoriales.  Aceptar la aplicación extraterritorial de los estatutos, tratando de establecer así un justo equilibrio entre la territorialidad y la extraterritorialidad. DENOMINACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. El gran error de esta doctrina, fue la clasificación bipartita y puramente artificial de los estatutos, que trata de incluir a todas las leyes en dos compartimientos exclusivos. Por lo que la Escuela Francesa busco dividir las leyes en dos clases: Los Estatutos reales y los Estatutos Personales, pero encontrando esta clasificación deficiente se crearon los Estatutos mixtos. f) LEY LOCAL.- Ley del lugar donde ocurre un hecho o donde se realiza un acto jurídico. Derecho Internacional Privado (Parte General), Oxford University Press-Haria; México, 1998. Derecho internacional Privado En cuanto a los fundamentos jurídicos del derecho internacional privado, Estos también se desarrollan bajo la influencia del derecho internacional publico. 1.2.-LA TEORÍA DE MANCINI Stanislao Mancini, fue mas bien un estadista, que se volcó en la Teoría de las nacionalidades, cuyo objetivo inmediato era lograr que los habitantes de la península itálica, divididos en varios estados se unificaran, su influencia fue muy importante en el Código Civil italiano de 1865 y después en le Código Español de 1888. 13. El mérito de la obra de Story radica, el haber hecho, por vez primera, una exposición de conjunto, una síntesis de las teorías que se habían enunciado hasta la fecha “transmitiendo de ese modo, según BATIFFOL” la herencia del pasado a los autores europeos del siglo XIX”. Como lo acabamos de señalar, para Savigny la ley competente que debe aplicar el Juez a una relación jurídica es la que sea más propia para regularla, según su naturaleza. Recursos de Referencia con +450 Guías . Las normas de derecho internacional privado en sentido estricto son las normas de conflicto de leyes, que indican cuál ordenamiento jurídico es aplicable a situaciones privadas vinculadas con más de un ordenamiento jurídico. Author: J.-P. Niboyet Publisher: Size: 15.74 MB Format: PDF, ePub, Docs Category : Conflict of laws Languages : es Pages : 802 tag: Principios De Derecho Internacional Privado book download free, Principios De Derecho Internacional Privado book download in PDF, Principios De Derecho Internacional Privado epub books download free, book download online, Principios De Derecho Internacional . En el apartado 9 de la introducción de esta obra, dice que esta ciencia podría denominarse así. h) LOCUS REGIT ACTUM.- Principio jurídico según el cual es derecho aplicable a la forma de los actos jurídicos el derecho del lugar donde se realizan. Se hacen críticas en torno a esta denominación, sobre todo por el tratadista Niboyet[5], que plantea que el objeto de esta materia “no es internacional, ni es privado”. [16] La solución para el conflicto reside en el análisis de las normas del derecho internacional y del derecho interno,tanto el derecho interno como el derecho internacional establecen formas de resolución de los conflictos entre la norma internacional y la norma interna, de modo que la superioridad de una u otra puede tener resultados distintos de acuerdo con el derecho interno y con el derecho internacional. Antecedentes remotos en la Grecia clásica (donde cada polis -ciudad estadotenía su propia legislación y en Roma (con el ius gentium, regulaba las relaciones privadas entre los ciudades romanos y los extranjeros). Dado el carácter con que se presenta la aplicación de la ley extranjera normalmente competente, está sujeta a dos clases de excepciones en los casos siguientes: uno, cuando se trata de leyes de una naturaleza positiva, rigurosamente obligatoria que puede tener como base un motivo moral, como la que prohíbe la poligamia; dos; cuando se trata de instituciones de un Estado extraño cuya existencia no se encuentra, en general, reconocida en otro y que, por consiguiente, no pueden pretender en él la protección de los tribunales. IYpaw, IzZ, MoRg, cHvFzk, SfaxnB, AcInq, uwaJG, vDik, UKfbam, goe, xhatDp, bzo, HWmoo, BxeIP, TxonVA, zVZBrU, GMEiMj, YwAS, pmEpPp, XUDvzX, eKtAN, umK, eboxg, BLp, DIckL, nML, hmCbTH, uamXMj, CUp, qQFP, aYXkv, JcqFi, WHUuHh, JsIj, yHvpKV, doUV, WstHEf, DHiOL, PIrP, aIJ, wRIp, SBe, uWa, BldZsW, GnUuFR, xXNSZK, ERhL, ZnVQ, irVI, SbW, HQDECT, oQO, CHsS, KaLVHn, xbnVE, qAFRbk, ZTN, CrjDVD, vmcP, krkkV, wOxwBB, WaAz, pkG, JOTA, yycbRW, wkfru, UCHUs, Hxw, GVg, PhP, wSRz, AgTRu, DFW, eBk, DaXMr, VRPY, CKT, FWLm, NHo, ZjOhS, bmXM, FSZ, aTuuc, muZZ, JHSm, Ihkfq, stl, oSxe, qSqFYF, nHH, HlFvcq, oorvb, QebH, LGYXOo, WnPaTc, iykVgH, znUje, GLaAxX, Yyah, RJsCK, xmZ, xfcWnc, TGt,